• Ley 741/07


    Modificación ley 407/98


 

Indice

Si desea tener todas las actualizaciones de todas las leyes nacionales y provinciales de beneficios sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas y sus derechohabientes, sugerimos dirigirse a la página web del Apostadero Naval Malvinas, cuyo administrador es el Veterano de Guerra Daniel Gionco, a la siguiente dirección: http://www.aposmalvinas.com.ar/benef.htm

Provinciales: Ley 741/07

Sanción : 10 de mayo de 2007
Promulgación : 4 de junio de 2007
Publicación : B.O.8/6/07

Artículo 1 : Incorpórase el artículo 5 bis a la ley provincial 407, el que quedará redactado de
la siguiente manera:

Artículo 5 bis : Los nativos de la provincia que se encuadren en el artículo 1 de la presente, gozarán del beneficio establecido en el artículo 5 sin ningún requisito de residencia.

Artículo 2 : Comuníquese, etc.

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