• 2ª Parte


    =Asentamiento francés en Port Saint-Louis =Reclamo español =Los españoles en Las Malvinas, entrega de la colonia =Asentamiento británico en Port Egmont =Presunto acuerdo secreto =Sobre este acuerdo secreto bipartita =Conclusiones =El Ánimus o intención de ocupar =Tratados Vigentes a la fecha de las primeras ocupaciones =Informe de Samuel Johnson =Las Malvinas en posesión de España =Gobierno y administración hispanos =Gobernadores Españoles de Malvinas =Convención de San Lorenzo o de Nootka Sound


 

Indice

El Descubrimiento de América: 2ª Parte

Asentamiento francés en Port Saint-Louis

 

2ª Parte

Luego de la catastrófica derrota francesa en la Guerra de los Siete Años, en la que perdió casi todo su imperio colonial a manos de los ingleses, Francia emprendió la reconstrucción de su poder imperial y, a expensas de España, consideró colonizar las Malvinas, como parte de una estrategia más amplia.

Louis Antoine de Bougainville, “hombre de armas y estudioso de gabinete, afortunado cortesano y colonizador con mucho de vidente y altruista. Mundano, diplomático, guerrero, abogado, matemático, escritor. Es el arquetipo del hombre a aventuras del siglo XVIII. Fue valiente hasta la temeridad y audaz hasta lo imprevisto; pero también un risueño y empelucado caballero de corte, cuanto una austera y bien afilada pluma de estudioso”.

El personaje que motivó estos comentarios (que tomamos de E.M.S. Danero y de Ernesto Morales), nació en Paris el 11 de noviembre de 1729, y su vida, que se prolongó hasta 1811, lo llevó a actuar en los escenarios y circunstancias más diversos. Así pasó de los salones del París de la Ilustración o la actividad diplomática, a batirse en los bosques del Canadá o en las orillas del Rin; investigador curioso que publicó un tratado de matemáticas, fue también autor de un proyecto para explorar el polo; discípulo de los enciclopedistas, fue protagonista de la colonización de los mares australes y el primer francés en encabezar un viaje de investigación en torno al globo terrestre.

El merodeo por el Atlántico sur no era nuevo en la época, pero cosa rara en estas cuestiones de corsarios y aventureros, se había empezado con la publicación de un libro en Londres: Un viaje por el mundo entero en los años 1740-1744, diario del comodoro inglés George Anson, quien había sido enviado por Su Majestad Británica a los mares del sur. El aventurero sugería instalar una base para los navíos de Gran Bretaña en las islas Falkland como puerto de escala para las naves que se dirigen al Cabo de Hornos.

Lo cierto es que la edición francesa del diario de a bordo de Anson llegó a las manos y los ojos del ambicioso capitán, Luis Antonio de Bougainville. El marino propuso un plan al gobierno francés de que autorizara una expedición al Atlántico sur, la que correría de su cuenta y de unos parientes armadores que tenía en el puerto de Saint-Malo, sobre el canal de la Mancha.

Señaló las ventajas que él veía en la expedición: "se lograría la instalación de un establecimiento de escala “de su propiedad (de Francia), segura, abundantísimamente provista, sana para la navegación hacia las Indias, Demás existe en esos parajes una abundancia increíble de lobos marinos y de ballenas. El aceite es absolutamente necesario para los molinos de azúcar y no poseyendo más el Canadá, habrá que comprarlo a los ingleses. Existe también la pesca del bacalao. El clima es sano como el del Canadá. El suelo proveerá todos los productos de primera necesidad; está cubierto de bosques”. Estos últimos pronósticos eran excesivamente optimistas, pero Bounganville confiaba en hallar, además de las ya conocidas islas, otras tierras aptas hacia el sudeste.

El plan fue aprobado sin tener en cuenta los intereses y derechos de España en la región, a pesar de ser esa nación el aliado con el que Choiseul contaba para llevar a cabo la recuperación internacional del reino.

Habiendo estudiado las historias de los navegantes que exploraron el Atlántico Sur, fundó la Compagnie de Saint-Maló destinada a financiar la expedición y ocupar las Islas Malvinas en nombre del rey. Pensaba colonizarlas con algunos de los 18.000 acadienses que habían sido deportados por rehusarse a jurar lealtad a la corona británica.

Bougainville reclutó marineros, carpinteros, herreros y albañiles –unos 150 hombres-. Zarpó de Saint Maló hacia el sur el 15 de septiembre de 1763 con dos naves y unos 150 hombres, en una de las cuales viajaban tres familias de la mencionada región canadiense. La fragata Aigle y la corbeta Sphinx tuvieron como capitanes a Nicolas Pierre Duclos-Guyot y a François Chenard de la Giraudais respectivamente.
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El 31 de enero de 1764 arribaron a la costa norte de las islas; era la primera vez que alguien lo hacía con serias intenciones de quedarse y establecer una población fija. El lugar elegido fue una bahía de la costa nordeste de la isla que hoy se denomina Soledad, Bahía Francesa entonces, Anunciación para los españoles, o Berkeley para los británicos, más tarde.

Al provenir del puerto bretón de Saint Maló, sobre el Canal de la Mancha, al conjunto de las islas las nombró Illes Malouines (el gentilicio de Saint-Malo).

El ingeniero M. de Lhullier de la Serre proyectó un pequeño fuerte y habitaciones para los pobladores. Erigiendo el Fuerte Real de San Luis, (muy cerca de donde hoy se encuentra Puerto Argentino) en lo que después sería la bahía de la Anunciación. El 5 de abril de 1764 tomó solemne posesión del territorio en nombre de Luis XV de Francia, se gritó siete veces ¡Viva el Rey! y se hicieron veintiún salvas de cañón.
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Nerville quedó a cargo de la población y el 8 de abril Boungainville zarpó hacia Francia, anclando en Saint Maló a fines de junio.

En tanto Puerto San Luis progresaba lentamente y se mejoraban las construcciones levantando instalaciones para hacer pan, una herrería, depósitos, trazando senderos y emplazando baterías. En Europa el gobierno español trataba de averiguar que estaba ocurriendo con sus hasta entonces abandonadas posesiones australes.
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En Francia Boungainville logró que Luis XV y Choiseul aprobaran lo actuado –atribuyendo el descubrimiento de las islas a los antiguos marinos de Saint Maló- y en octubre de 1764 zarpó nuevamente hacia Las Malvinas con medio centenar de nuevos colonos.

Arribó a las islas Malvinas el 5 de enero de 1765 a bordo de la Aigle con su nuevo grupo de acadienses. Ya en Puerto San Luis, Bougainville decidió explorar las costas magallánicas para proveer de madera a los colonos y reconocer esos parajes. Estando en aguas del estrecho, los franceses avistaron las velas de varios buques (febrero de 1765). Se trataba de la flotilla del comodoro inglés John Byron, otro notable marino, que se hallaba en aguas españolas con similares propósitos que los franceses. Lograr una base de operaciones para su propio país. Una nueva amenaza se cernía sobre la colonia de Bougainville.
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Reclamo español


Al regreso de Francia y de paso hacia las Malouines, Bougainville no tuvo más remedio que recalar en Montevideo para reabastecerse, de modo que la Corte de España terminó por enterarse de las andanzas de sus primos franceses. Saberlo y protestar fue una misma acción.
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Al tener noticias de la presencia de los buques de Bougainville en América del Sur, el gobierno hispano (reinaba Carlos III) trató de conocer a través de su embajador en Francia cual era la misión de esa fuerza. (Por otra parte, el viaje y su destino se hicieron públicos en julio a través de una publicación efectuada por un periódico de Amsterdam).

Coiseul respondió a la inquietud de sus aliados pretendiendo que “esos navíos fueron a los Mares Australes para ver si podían descubrir alguna isla, que les importase tener para facilitar su pasaje por el Cabo de Hornos”.

Pero los españoles no soltaron la presa y el Ministro Grimaldi, que interesó a Carlos III respecto de la idea de colonizar Las Malvinas, pronto supo que no se trataba de un “descubrimiento nuevo”.

La corte española reclamó inmediatamente ante Francia, iniciándose así unas largas negociaciones en las que predominó por parte de Choiseul la necesidad de mantener su alianza con España y donde los franceses hacieron resaltar la amenaza que representaban los británicos en aquellas aguas, presentando su acción como dirigida contra las fuerzas de SMB.

Los españoles alegaron que las islas “se habían reputado siempre y debían reputarse como adyacentes” a sus colonias sudamericanas y recordaron a sus aliados el episodio de 1748-49, cuando habían logrado que Inglaterra renunciara a operar en las islas ante la evidencia de los derechos españoles.

En la etapa final de la negociación, participó en 1766 el mismo Boungainville, que viajó a España y cuya personalidad causó buena impresión a la mayoría de los representantes del gobierno de Carlos III.

Francia accedió a la protesta, sugiriendo que España negociase directamente con Bougainville, que se hallaba de nuevo en Europa, pues había partido de las islas el 25 de abril de 1765. El navegante reconoció la ilegalidad del establecimiento, incluso ofreció y dio su asesoramiento para el asentamiento español. Pero también negoció y obtuvo del rey Carlos III una indemnización en concepto de resarcimiento por el perjuicio que sufriría con el abandono de las instalaciones y materiales de la colonia fundada con tanto esfuerzo.

A partir de este momento los franceses depusieron cualquier tipo de reclamo sobre la soberanía del archipiélago; eso sí, España debería ocupar el archipiélago para impedir que el enemigo común, Gran Bretaña, se apoderase de territorio tan estratégico.

Bougainville, en su Viaje alrededor del mundo da más detalles sobre el particular:

España reivindicó estas islas como una dependencia de América Meridional, y habiendo sido reconocido su derecho por el rey, recibí orden de ir a entregar nuestros establecimientos a los españoles (...) Habiendo Francia reconocido el derecho de su Majestad Católica sobre las islas Malvinas, el rey de España, por un principio de derecho público reconocido en todo el mundo, no debía ningún reembolso por los gastos. Sin embargo, como adquirieron los navíos, bateles, mercaderías, armas, municiones de guerra y de boca que componían nuestro establecimiento, este monarca, tan justo como generoso, ha querido reembolsarnos de nuestros adelantos, y la suma de 618.108 libras nos ha sido entregada por sus tesoreros, parte en París y el resto en Buenos Aires (...)

En el recibo extendido por Bougainville, reconoce expresamente que se había establecido en territorio español:

Don Luis de Bougainville coronel de los ejércitos del Rey Cristianísimo. He recibido seiscientos diez y ocho mil ciento y ocho libras trece sueldos y once dineros que importa un estado que he presentado de los gastos que han causado a la Compañía de San Maló las expediciones hechas para fundar sus intrusos establecimientos en las Islas Malvinas de S.M.C (Su Majestad Católica) (...)
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El pago se realizó en concepto de indemnización a una empresa privada, la Compagnie de Saint-Maló, por lo que no se trató de una compra de las islas a Francia. El reconocimiento francés a la soberanía española de las islas aumentó los derechos jurídicos de España sobre ellas.

En Octubre de 1766 Carlos III dio instrucciones al gobernador designado por España para las islas, Capitán de Navía Felipe Ruiz Puente, y de paso –apunta Caillet Bois- “se estableció la dependencia de las autoridades que, en adelante, existirían en las islas, del Gobernador y Capitan General de la Provincia de Buenos Aires, a cuyas órdenes deberán estar. En una palabra: Malvinas formaba una dependencia de la Capitanía General de Buenos Aires”.


Los españoles en Las Malvinas, entrega de la colonia


En diciembre de 1766 Ruiz Puente arribó a Montevideo con las fragatas de bandera española Liebre y Esmeralda; a fines de enero de 1767 llegaba a ese mismo puerto Bougainville a bordo de la fragata La Boudeuse. Tras visitar al Gobernador de Buenos Aires (Francisco de Paula Bucarelli), ambos partieron con sus buques hacia Puerto Luis. Unas sesenta personas entre funcionarios y soldados, sacerdotes y colonos viajaban para establecer la colonia española.
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El primer día de abril de 1767 España recibió formalmente las islas en Port Saint-Louis, quedando los ciento quince colonos franceses bajo el gobierno de Felipe Ruiz Puente. Bougainville, terminada esta misión, “bien triste para él, por cierto”, permaneció en las islas hasta junio. Luego navegó hasta Río de Janeiro y Montevideo, para zarpar finalmente de este último puerto hacia una nueva aventura; la exploración del Pacífico y la circunnavegación del globo.

Esta nueva colonia pasó a depender administrativamente del Gobernador y Capitán General de Buenos Aires, en aquel tiempo Francisco de Paula Bucarelli. Los españoles rebautizaron el lugar como Puerto de Nuestra Señora de la Soledad, y finalmente Puerto Soledad, por aquello de la Virgen de Nuestra Señora de la Soledad y ser entronizada una imagen de la Virgen María con esa advocación, e Islas Malvinas al archipiélago, la castellanización de Illes Malouines.

El Gobierno de Ruiz Puente, con el que España hacía presencia efectiva en las islas que le pertenecían, dio comienzo a una larga serie de autoridades coloniales y españolas en Malvinas. Esta situación se prolongaría hasta 1811.

Todos los veranos se realizaba el aprovisionamiento de la colonia con barcos que partían desde el puerto de Montevideo.

Pero en 1767 Ruiz Puente, Bucarrelli y las autoridades de la provincia ya estaban atentos a la amenazante presencia de los británicos en aquellas aguas, hecho contra el que Bougainville les advirtiera con énfasis.


Asentamiento británico en Port Egmont


La derrota española en la Batalla de las Dunas (1639) inició el declive de su supremacía naval, lo cual repercutiría negativamente en el afianzamiento de sus dominios ultramarinos.
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La Guerra de los Siete Años (1756-1763) había concluido catastróficamente para Francia que perdió casi todo su imperio colonial a manos de los ingleses. A España tampoco le había ido bien, especialmente en Norteamérica. Allí, también a manos de los ingleses, perdió Florida y todas las posesiones al este del Mississippi.

Gran Bretaña renovó su interés en las islas a partir de 1765, consciente de que las islas abrían parte del Océano Pacífico a sus ambiciones comerciales, organizó una expedición que fue preparada en secreto para evitar los reclamos españoles. Según consta en los mismos documentos ingleses, en el Reino Unido se informó que la expedición se dirigía a las Indias Orientales, aunque esto se trataba de una ficción (a blind). El verdadero destino fue revelado a los tripulantes recién el 22 de octubre, antes de abandonar Río de Janeiro.
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A su mando, el comodoro John Byron arribó a las islas en enero de 1765 —un año después del desembarco francés— exploró las costas de la Malvina occidental y se asentó en el paraje previamente bautizado por Bougainville como Poil de la Croisade y llamado por los españoles Puerto de la Cruzada, sobre la isla conocida por éstos como Trinidad (la principal de las Sebaldinas - N.O. de la isla Gran Malvina), que fue renombrada como isla Jason en honor al nombre del barco de Byron. Estableció una base temporaria a la que el jefe inglés bautizó “Puerto Egmont" en honor al entonces primer lord del Almirantazgo. Puerto Egmont, con la idea de ser un asentamiento permanente, fue desarrollado, resultando en la construcción de varios edificios de piedra y quedando custodiado por una guarnición. Byron reclamó las tierras para la corona británica, aunque no registró la fecha del hecho:

Tomo posesión de este puerto y de las islas adyacentes en nombre de su Majestad el Rey Jorge III de Gran Bretaña, y las nombro Falkland Islands.

Luego siguió viaje rumbo al Estrecho de Magallanes.
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Motivado por los entusiastas reportes de Byron, el gobierno británico decidió enviar otra expedición que llegó el 8 de enero de 1766, comandada por el capitán John McBride, con los buques HMS Jason, HMS Carcass y HMS Experiment. Los dos primeros dieron los nombres en inglés a la isla del Rosario (Carcass Island) y a las islas Sebaldes (Jason Islands). La expedición tenía la misión de asegurar la posesión británica de las islas y McBride ordenó a uno de los buques que permaneciera en Puerto Egmont mientras los otros dos salieron en busca de otros establecimientos en las islas. Mc Bride tenía instrucciones de "evitar cuidadosamente toda medida de hostilidad o violencia en el caso de encontrar pobladores de otras nacionalidades". Los británicos tomaron formalmente la posesión de la isla Trinidad en nombre del rey Jorge III del Reino Unido.

En marzo de 1766 los ingleses advirtieron la presencia de naves francesas en la zona. Londres toma conocimiento de la ocupación de Bougainville, ordenando a Mc Bride debe dar plazo de seis meses para abandonarla. Para el 2 de diciembre de 1766, ambos ocupantes conocían la presencia del otro.

El 6 de diciembre de 1766 McBride descubrió el establecimiento francés de Port Louis e intimaron a su jefe la entrega del establecimiento y evacuar las islas en un plazo de seis meses. Ante la negativa de éste, se alejaron de inmediato.

Luego de que España recibiera las islas de parte de Boungainville, y encontrándose ya bajo su dominio, Carlos III, por real orden del 25 de febrero de 1768, da órdenes al Gobernador y Capitán General de Buenos Aires, Francisco de Paula Bucarelli, que ningún establecimiento inglés debía ser tolerado en las regiones pertenecientes a la corona y que, en caso de comprobarse su existencia, debía procederse por la fuerza.

El 28 de noviembre de 1769, se produjo en el Estrecho de San Carlos el encuentro de un barco español con uno inglés procedente de Port Egmont.
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En febrero de 1770, una fragata española al mando de Fernando de Rubalcava localizó finalmente Puerto Egmont. Se cruzaron amenazas entre éste y el capitán inglés, Hunt. Ambos reclamaban para su propio rey los derechos de posesión de las islas, se acusaban mutuamente de ocupar territorio que no les correspondía y se ordenaban la evacuación inmediata, pero las hostilidades no pasaron de ese punto.
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Para poner fin a la situación, Bucarelli confió la tarea del desalojo de los intrusos ingleses de los dominios de Su Majestad Católica al mayor general de la Armada Real, Capitán de Navío Juan Ignacio de Madariaga.

De Montevideo partieron las fragatas "Santa Rosa", "Industria", "Santa Bárbara" y "Santa Catalina" y el chambequín "Andaluz", en los que iban embarcados 1.500 hombres, entre granaderos, fusileros y artilleros.

Durante la navegación, un temporal separó a la nave capitana del resto de la escuadra. La fragata “Industria” llegó, entonces, sola a Puerto Egmont, donde fondeó el 3 de junio. Allí se encontraba la fragata inglesa “Favourite”, de 16 cañones, bajo el mando del capitán William Malby. A cargo del Fort George estaba el capitán George Farmer, quien disponía de 4 cañones de 12 libras y 6 más pequeños.

El 4 de junio de 1770, la flota fondeó en la bahía de Puerto Egmont y Madariaga conminó al jefe de la guarnición a abandonar la plaza.

Madariaga decidió esperar la llegada del resto de su escuadra y entró en conversaciones con los ingleses. El 6 de junio llegaron finalmente los otros barcos. Al día siguiente, la fragata inglesa intentó salir del puerto, pero 3 cañonazos de la “Santa Catalina” se lo impidieron. Durante 2 días más continuaron las conversaciones, intercambiando protestas y reclamaciones. Con ellas Madariaga ganaba tiempo esperando que mejoraran las condiciones meteorológicas para lanzar su ataque.

El 10 de junio a las 10 de la mañana se inició el ataque. Se abrió fuego sobre la fragata inglesa y sobre el fuerte, desembarcando las tropas. El enemigo respondió brevemente al fuego para salvar el honor e izó la bandera blanca. En el breve combate, la única baja fue el jefe de la artillería, teniente coronel Vicente de Reyna Vázquez, que resultó herido. A continuación se firmó la capitulación.

El 10 de junio de 1770 Puerto Egmont se rindió y los ingleses fueron expulsados de las islas. La estratégica base quedó a cargo de un destacamento español. El personal inglés fue evacuado en la fragata “Favourite” y la soberanía española quedó restablecida en todo el archipiélago.
2ª Parte

Inglaterra interpretó la acción española -según su gobierno en una situación de paz- como una afrenta al honor nacional y reaccionó enérgicamente; al poco tiempo, el conflicto amenazaba con desembocar en una guerra.

Francia estaba atada a España por el Pacto de Familia, por lo que debía apoyarla ante un eventual conflicto bélico; sin embargo, su actitud se limitó a la retórica: Recomendó al rey de España, Carlos III, que aceptara el compromiso de permitir a Inglaterra el reinstalarse en Puerto Egmont sin que esto significara un renunciamiento a los derechos españoles. El arreglo de devolución, que estuvo precedido por tensas tratativas, se concertó finalmente en Londres, el 22 de enero de 1771, donde el Príncipe de Masserano, (Embajador Español ante la Corte de St. James) y Lord Rochford, en representación de la corona británica, firman la "Declaración de Masserano", en la que Su Majestad Católica se comprometía a:

(...) dar órdenes inmediatas, a fin de que las cosas sean restablecidas en la Gran Malvina en el Puerto denominado Egmont exactamente al mismo estado en que se encontraban antes del 10 de junio de 1770.

Pero luego el texto agrega que:

(...) el compromiso (...) de devolver a S.M. Británica el Puerto y Fuerte de Puerto Egmont no puede ni debe afectar, de ninguna forma, la cuestión del derecho anterior a la soberanía de las Islas Malvinas también llamadas Falkland.

Al volver la situación al estado anterior al 10 de junio de 1770, quedó en evidencia la precariedad de la ocupación inglesa. La firma de esta declaración supuso una solución pasajera al conflicto.
2ª Parte

 

Presunto acuerdo secreto

2ª Parte

Parte de la doctrina que ha estudiado el tema con profundidad sostiene, sobre la base de referencias históricas concretas, la existencia en la declaración bipartita antedicha de una cláusula secreta, privada y no oficial. Según este supuesto inciso, España concedería a Inglaterra la posibilidad de retornar a Port Egmont, para que ésta pudiera, luego de un tiempo prudente, hacer una retirada honorable que salvara las apariencias y mantuviera el orgullo nacional intacto.

Por este convenio privado España se compromete entonces, a la restitución de la guarnición inglesa, afirmando que la decisión de restituir no debía interpretarse en detrimento del derecho de soberanía prioritario a favor de España sobre las Islas Malvinas. La Corte de España impuso que la retirada inglesa de las islas se efectuara tan pronto como fuese conveniente, una vez restituido el asentamiento.

En cumplimiento de lo acordado, Puerto Egmont fue devuelto a los ingleses en septiembre de 1771. Un pequeño contingente británico reasume la posesión de la guarnición de manos de las fuerzas españolas asentadas en el lugar.

Goebel, por ejemplo, cree que esta promesa existió porque no sólo fue trasmitida a los embajadores de España y Francia por funcionarios gubernamentales de primera línea del gobierno de Inglaterra (como North y Rocheford) sino que además fue insinuada por el rey Jorge III en persona. Del lado británico al menos, no se ha hallado hasta el presente un testimonio escrito oficial que pruebe esta hipótesis, ni ha sido admitida en público por el gobierno. A pesar de ello la especie ha sido suscrita por numerosos historiadores de ambos bandos, según reconoce el mismo Foreign Office. Más aún, en un memorándum reservado interno esta institución admite que:
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Hay evidencia para apoyar la convicción de que una garantía verbal de retirarse de las Falkland fue dada por Lord North en noviembre de 1770. Sin embargo, no puede ser totalmente demostrado. (...) aceptar el hecho de una garantía secreta es destruir definitivamente el caso británico anterior a 1833.

Con cláusula secreta o sin ella, tres años después, hacia fines de 1773, la situación financiera de Inglaterra y su cambiante política interna llevó al Gobierno a decidir la evacuación de Puerto Egmont. Inglaterra hace público su deseo de que esa retirada se interprete como una necesidad económica y no como una renuncia o abdicación de sus derechos soberanos.

En diciembre, el teniente Clayton recibió órdenes de levantar la estación en las Malvinas. Cuenta Gustafson que Clayton también recibió instrucciones de que "previo a su partida de las islas Falkland, debe poner mucho cuidado en erigir apropiadas marcas y señales de posesión en las partes principales del fuerte e islas, como en las pertenencias de Su Majestad". Por este acto, el gobierno inglés del momento por lo menos demostraba que las islas eran costosas de mantener y/o poco importantes.

El 22 de mayo de 1774 (en cumplimiento del pacto secreto) los británicos abandonaron Puerto Egmont. Al hacerlo dejaron una placa de plomo en la cual estaban inscriptas las siguientes palabras:
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Sepan todas las naciones, que las islas Falkland, con este fuerte, los almacenes, desembarcaderos, puertos naturales, bahías y caletas a ellas pertenecientes, son de exclusivo derecho y propiedad de su más sagrada Majestad Jorge III, Rey de Gran Bretaña, Francia e Irlanda, Defensor de la Fe, etc. En testimonio de lo cual, es colocada esta placa, y los colores de Su Majestad Británica dejamos flameando como signo de posesión por S. W. Clayton, Oficial Comandante de las Islas Falklands. A.D. 1774.

Esta placa reclamatoria fue quitada por España en 1776 y posteriormente llevada a Buenos Aires por el capitán Juan Pablo Callejas. Fue recuperada del archivo de la ciudad por William Beresford durante la invasión inglesa de 1806 al Río de la Plata, pero nunca llegó a Gran Bretaña y su paradero actual es desconocido.

En 1777 los españoles destruyeron lo que quedaba de aquella ocupación, sin provocar protesta alguna por parte de Gran Bretaña.

España, entonces, ocupó todo el archipiélago como única soberana y, desde el 2 de abril de 1767 hasta 1811, ejerció indiscutiblemente su soberanía sobre él a través de una veintena de gobernadores.



 

Transacción entre los reyes de España e Inglaterra con motivo de ciertos actos hostiles acaecidos en las Islas Malvinas firmada en Londres el 22 de enero de 1771

 

Declaración por parte de España

 
Habiéndose quejado su Majestad británica de la violencia cometida el 10 de junio de 1770 en la isla llamada comúnmente la Gran Malvina y por los ingleses Isla de Falckland, obligando a la fuerza al comandante y súbditos de su Majestad británica a evacuar el que ellos denominan Puerto Egmont, paso ofensivo al honor de su corona; el príncipe de Maserano, embajador extraordinario de su Majestad católica tiene orden de declarar y declara, que su Majestad católica en consideración al amor que tiene a la paz y a que continúe la buena armonía con su Majestad británica, y reflexionando que aquel suceso pudiera interrumpirla, ha visto con desagrado dicha empresa capaz a turbarla; y en la persuasión en que su Majestad se halla de la reciprocidad de sentimientos de su Majestad británica y de cuán lejos se halla de autorizar cosa alguna que pudiese turbar la buena inteligencia entre ambas cortes, su Majestad católica reprueba la sobredicha violenta empresa: y por lo tanto, el príncipe de Maserano declara, que su dicha Majestad católica se obliga a dar orden inmediatamente que se repongan las cosas en la Gran Malvina y Puerto de Egmont en el mismo estado que se hallaban antes del 10 de junio de 1770; a cuyo efecto su Majestad católica comisionará a uno de sus oficiales para entregar al oficial autorizado por su Majestad británica el puerto y fuerte llamado de Egmont, con toda la artillería, municiones de guerra y efectos de su Majestad británica y de sus súbditos, que se hallaban allí el mencionado día, conforme al inventario que se formó.
El príncipe de Maserano declara al mismo tiempo en nombre del rey su amo, que la promesa que hace su dicha Majestad católica de restituir a su Majestad británica la posesión del fuerte y puerto llamado de Egmont no perjudica de modo alguno a la cuestión del derecho anterior de soberanía de las Islas Malvinas, por otro nombre de Falckland. En fe de lo cual, yo el infrascrito embajador extraordinario he firmado la presente declaración en la forma que acostumbro, y la he hecho poner el sello de mis armas. En Londres a 22 de enero de 1771. – El príncipe de Masserano.

 

Aceptación de la declaración anterior
 

Habiendo autorizado su Majestad católica al excelentísimo señor príncipe de Maserano, su embajador extraordinario para que ofreciese en nombre de su Majestad al rey de la Gran Bretaña una satisfacción por la injuria hecha a su Majestad británica, desposeyéndole del fuerte y puerto Egmont; y habiendo firmado hoy dicho embajador una declaración que acaba de entregarme y en que expresa, que deseoso su Majestad católica de restablecer la buena armonía y amistad que subsistía antes entre las dos coronas reprueba la expedición contra Puerto Egmont, en la cual se empleó la fuerza contra las posesiones, comandante y súbditos británicos, y promete también reponer inmediatamente todas las cosas en el mismo estado en que estaban antes del 10 de junio de 1770; y que su Majestad católica dará comisión a uno de sus oficiales para entregar al oficial comisionado por su Majestad británica el puerto y fuerte de Puerto Egmont; como igualmente toda la artillería, municiones y efectos de su Majestad británica y de sus súbditos, según el inventario que se formó, y habiéndose también obligado dicho embajador en nombre de su Majestad católica a que se realizará el contenido de dicha declaración, entregándose en el término de seis semanas a uno de los primeros secretarios de estado de su Majestad británica el duplicado de las órdenes que pase su Majestad católica a sus oficiales: su Majestad británica a fin de manifestar las mismas disposiciones amistosas, me ha autorizado a declarar que mirará la citada declaración del príncipe de Maserano y el entero cumplimiento de la promesa de su Majestad católica como una reparación de la injuria hecha a la corona de la Gran Bretaña.
En fe de lo cual, yo el infrascrito, uno de los principales secretarios de estado de su Majestad británica, he firmado la presente en la forma que acostumbro, y la hice poner el sello de mis armas. En Londres 22 de enero de 1771. – Hochford.
En virtud de lo convenido, el gobierno español expidió por el ministerio de marina e Indias la real orden siguiente.
Habiéndose estipulado entre el rey y su Majestad británica por un convenio firmado en Londres el 22 de enero próximo pasado por el príncipe de Masserano y el conde de Rochford que la Gran Malvina, llamada por los ingleses isla de Falckland debe ser restituida inmediatamente en el mismo estado que tenía antes que fuese evacuada por ellos en 10 de junio del año último: de orden del rey prevengo a V. que tan luego como la persona comisionada por la corte de Londres se presente a V. con esta, disponga se efectúe la entrega del puerto de la Cruzada o Egmont y su fuerte y dependencias; así como también la de toda la artillería, municiones y efectos que se encontraren pertenecientes a su Majestad británica y a sus súbditos, conforme a los inventarios formados por los señores Jorge Famer y Guillermo Maltby en 11 de julio de dicho año al tiempo de dejar aquel punto, y de los cuales remito a V. las adjuntas copias, autorizadas con mi firma; y que tan luego como se efectúe uno y otro con las debidas formalidades, disponga V. se retire inmediatamente el oficial y demás súbditos del rey que allí pueda haber. Dios guarde a V. muchos años. El Pardo 7 de febrero de 1771. – El bailio fray don Julián de Arriaga. A. don Felipe Ruiz Puente.
 

NOTAS


(1) La ventajosa situación de las islas Malvinas como punto militar y depósito de comercio en el Océano Pacífico había excitado la codicia de algunos gobiernos europeos, entre los cuales disputaban a la corona española el dominio de ellas los de Inglaterra, Francia y Holanda. Después de la paz de Aquisgrán quisieron los ingleses formar allí un establecimiento, pero su unión íntima con la corte de Madrid les hizo desistir del intento en fuerza de sentidas reclamaciones del ministro de estado don José Carvajal. El célebre francés Mr. Bougainville fundó en la parte oriental de dichas islas el año de 1754 la colonia llamada Puerto Luis. Valiéndose de este pretexto envió la Inglaterra al capitán Biron, quien dos años mas tarde echó los cimientos en la parte occidental de otra nueva colonia que llamó Puerto Egmont. Se quejó el rey de España a las dos cortes de que se hubiesen violado sus derechos sobre las Malvinas. Reconociólos el rey de Francia, entregándole desde luego a Puerto Luis; pero la Inglaterra se negó a abandonar su nuevo establecimiento. Don Francisco Bucarelli, gobernador de Buenos Aires, tomó entonces el medio no tan conciliatorio, pero mas eficaz, de enviar una expedición que sin grandes esfuerzos consiguió echar a los ingleses de aquella colonia. Irritado sobremanera el gobierno británico hizo una enérgica reclamación al de Madrid, pidiendo la restitución de Puerto Egmont y que se desaprobase la conducta de Bucarelli.
Ocupaba a la sazón el ministerio de estado don Gerónimo, marqués de Grimaldi, a cuyo puesto había sido elevado en el año de 1764 por dimisión de don Ricardo Wall. Hijo segundo de una ilustre familia de Génova, fue destinado Grimaldi en sus primeros años a la carrera eclesiástica; pero como hubiese venido a Madrid con una comisión de la república, consiguió atraer con su bella presencia y finos modales el afecto y protección del marqués de la Ensenada, que le proporcionó entrar al servicio de España, recorriendo después las legaciones de Viena, Hanover, Estocolmo, La Haya y finalmente de París, donde le hemos visto tomar una parte muy activa y eficaz en el pacto de familia de 15 de agosto de 1761. Contrajo entonces y mantenía ahora amistad tan estrecha con el duque de Choiseul, ministro de estado de Luis XV, que su mutua y frecuente correspondencia era objeto de sentidas quejas del marqués de Ossun, embajador francés en Madrid, el cual se creía desautorizado al ver que los negocios más graves se ventilaban sin su intervención entre los dos ministros.
 
 
 
En política se hallaban estos unidos por una particular aversión a la Inglaterra, cuyo poder marítimo deseaban abatir, sin reparar las más veces en la oportunidad de los medios. Fácil es de presumir que, animados de este espíritu y alentado Grimaldi por el ministro francés, hubiese rechazado las pretensiones de la corte de Londres. Esta y la de Madrid se prepararon a la guerra, y la última requirió del rey de Francia los auxilios a que estaba obligado por el pacto de familia. El rompimiento pareció tan próximo, que Mr. Harris, joven de 24 años, y que como secretario había quedado al frente de la legación británica durante la ausencia del ministro sir James Gray, salió de Madrid después de haber pedido y obtenido sus pasaportes que le entregó muy satisfecho don Gerónimo Grimaldi.
Hallábanse sin embargo contrariados los proyectos hostiles de este y duque de Choiseul por un numeroso partido que tanto en España como en Francia anhelaba por la paz. Triunfó en París, haciendo que Luis XV reemplazase a su ministro con el duque de Aiguillon, enemigo declarado de la guerra. Destituido Grimaldi del apoyo de su amigo, se vio en la necesidad de mostrarse más dócil con el gobierno británico.
Se dieron nuevas instrucciones al príncipe de Masserano, embajador de España en Londres, para hacer la declaración que aquí se inserta, la cual serenó felizmente los disturbios y desgracias que se preveían con una guerra dictada por el capricho de un ministro. Se reconciliaron las dos cortes, la de Inglaterra acreditó como embajador en Madrid a lord Grantham; y aun más adelante (el 22 de mayo de 1774) ya sea por complacer al rey de España, o porque le fuese costoso sostener el establecimiento de Puerto Egmont, le abandonó voluntariamente.

 

Sobre este acuerdo secreto bipartita


La interpretación de las declaraciones reciprocas que dieron por terminado el incidente, han sido contradictorias. Cierta parte de la doctrina afirma la existencia de un acuerdo secreto que se cumplimentó con el retiro efectivo de los británicos de Port Egmont en 1774.

Por su parte, Gran Bretaña consideró a posteriori que lo acordado en 1771 fue un reconocimiento expreso de sus derechos soberanos sobre las islas.

Podría asimismo válidamente sostenerse que el acuerdo de 1771 no resolvió el conflicto de fondo, sino que simplemente mantuvo el status quo a través de la restitución condicionada a una expresa reserva de derechos. La actitud española es interpretada, en ese contexto, como un mero acto de satisfacción o reparación, un acto por el cual el status quo anterior al acto de fuerza, fue restablecido. De esta manera puede considerarse que la situación jurídica no se vio afectada por la actitud negociadora asumida por la Corona Española.

En este sentido es relevante la opinión de Lord Chancellor Cadmem, que sostuvo que la cuestión continuaba como estaba antes de las hostilidades “... el rey de España solamente ha declarado que él no puede ser precluido de su anterior reclamación por ese acto de restitución posesoria...”

En la interpretación de todo acuerdo es fundamental el tener en cuenta el comportamiento posterior de las partes. La conducta tanto de Gran Bretaña, que finalmente se retira en 1774 y la de España, que continúa con su ocupación sobre la isla oriental y, a posteriori destruye los símbolos remanentes de la presencia británica sobre Puerto Egmont, confirman el abandono físico de la pretensión británica, independientemente de que esta actitud sea la consecuencia de un acuerdo secreto subyacente a las declaraciones recíprocas de 1771. Cuando el texto a interpretarse no alcanza para encuadrar situaciones presumiblemente comprendidas en él, la conducta posterior de las partes indica un camino válido para la interpretación de la voluntad real de éstas. Aún más, fuera del alcance interpretativo de un acuerdo determinado, la voluntad común de las partes expresada en la conducta coincidente de estas con posterioridad a la celebración del tratado haría presumir la existencia de un nuevo acuerdo tácito o una costumbre particular que ya no solo interpreta, sino que completa los alcances del acuerdo preexistente.


Conclusiones


La instalación del asentamiento fue ilícita, ya que violó varios Tratados Internacionales vigentes en ese momento; fue clandestina, ya que se mantuvo oculto hasta que los españoles lograron encontrarla; fue tardía ya que el asentamiento francés de Puerto Soledad lo antecedió en casi 2 años; fue parcial, ya que solo se limitó a un sitio sobre una isla pequeña y fue breve y fragmentado, ya que fue habitado desde 1766 hasta mediados de 1770 y luego entre septiembre de 1771 y mayo de 1774.


El Ánimus o intención de ocupar


Independientemente del argumento de que el retiro británico fue consecuencia de un acuerdo secreto logrado en 1771, este hecho marca un nuevo hito en el conflicto por la soberanía de las Islas. A partir de 1774, se interrumpe una ocupación que, si bien distaba de ser pacífica, su continuidad, en el tiempo, podría haber dado lugar al inicio de una consolidación de titularidad. Los efectos del retiro de esa ocupación no quedaron neutralizados por la mera existencia en el terreno de símbolos de una intención o "animus" que no fueron reiterados o confirmados por actos oficiales de protesta frente a la continua y efectiva ocupación por parte de España de las Islas.

Al respecto, cabe recordar que, en el caso de la Isla de Clipperton, el árbitro resaltó la relevancia jurídica del "animus" del Estado francés de considerarse como el soberano de la isla, frente a la actitud pasiva del Estado mejicano que nada hizo para contrarrestar las consecuencias previsibles de ese reclamo. La sola intención de ser titular del dominio eminente sobre un territorio no genera un mejor derecho sino frente a quien por acción u omisión ha considerado ese reclamo, o no lo ha resistido a través de actos de protesta o de actos de efectivo contralor del territorio en disputa.

Es preciso tener presente que en cuestiones de soberanía lo que los Estados discuten es siempre su mejor titularidad oponible entre uno y otro y no en abstracto o frente a terceros (erga omnes). Cuando los Estados llevan una controversia territorial para ser solucionada ante un árbitro o ante una Corte de Justicia, generalmente condicionan de común acuerdo la definitiva atribución del territorio en disputa, a uno u otro Estado.

Este condicionamiento no solo restringe a quien va a dirimir la controversia a no generar situaciones de condominio, sino que fundamentalmente, lo inhibe de declarar que el territorio cuestionado no pertenece ni a uno ni a otro de los Estados involucrados.

Aún mas, el argumento británico sobre la continuidad de su ocupación con posterioridad a 1774, ha sido refutado por parte de la doctrina británica, entre otros, por Lord Phillimore quien restó toda relevancia jurídica a la materialización de la existencia de un "animus ocupandi" a través de una placa o de una bandera dejada en el lugar donde existió un asentamiento.

Puede a su vez argumentarse que Gran Bretaña al retirarse de Port Egmont no produjo el abandono de un derecho pues este no llegó a esa fecha a perfeccionarse. Por igual motivo tampoco puede válidamente sostenerse que Gran Bretaña solamente suspendió el ejercicio de un derecho que continuaría manteniendo independientemente de su efectivización.

En realidad Gran Bretaña abandonó una ocupación precaria y controvertida sobre una parte del archipiélago, que solo en un futuro —de haber continuado— podría haber consolidado una prescripción adquisitiva.


Tratados Vigentes a la fecha de las primeras ocupaciones


El derecho contemporáneo a los hechos que originaron la controversia respecto de las Islas Malvinas, está directamente relacionado con el sistema del llamado Derecho Público Europeo de los siglos XVII y XVIII. Las bases de ese sistema en cuanto a reparto de zonas a colonizar y concesiones económicas en los territorios de ultramar, quedaron estructuradas a través de un conjunto de tratados, entre otros los tratados de Madrid de 1670 y de 1713, y los Tratados de Utrech de 1713. De esta forma España se había asegurado convencionalmente, derechos preferenciales para la colonización de las zonas australes. En consecuencia, el asentamiento británico realizado en Port Egmont en 1766 fue violatorio de normas convencionales preexistentes.

Sin embargo estas reglas de juego concertadas para el manejo de relaciones interestaduales de contenido territorial, fueron en los hechos objeto de reiteradas violaciones. Las situaciones provocadas por esas violaciones motivaron la necesidad de formalizar nuevos entendimientos, que por lo general mantuvieron el status quo logrado en los territorios de ultramar. La consolidación de situaciones territoriales de hecho se expresaba entonces en acuerdos negociados generalmente como culminación de un conflicto armado. Si bien para el derecho clásico los tratados prevalecen sobre las prácticas estatales, estas prácticas fueron el antecedente de nuevos acuerdos por los que se convalidaron convencionalmente aquellas situaciones de hecho. Solamente las situaciones de hecho consentidas convencionalmente permitieron el mantenimiento de un status quo territorial oponible a terceros. En este contexto es relevante el Tratado de Nootka Sound de 1790 entre España y la Gran Bretaña por el cual quedó implícitamente reconocida la ocupación española sobre Malvinas tal como existía en 1790.

El Tratado tuvo por objeto el confirmar como ajustadas a derecho las situaciones territoriales existentes a la fecha de la celebración del acuerdo.

El artículo 9 del Tratado establecía que "... quedaba acordado respecto de las costas orientales y occidentales de Sur América y de las islas adyacentes, que los respectivos súbditos no formaran en el futuro ningún establecimiento en las partes de la costa situada al sur de las partes de la misma costa y de las islas adyacentes ya ocupadas por España; queda entendido que los mencionados súbditos respectivos retendrán la libertad de desembarcar en las costas e islas que allí se encuentren con propósitos vinculados a sus pesquerías y erección de refugios y otras estructuras temporarias que sirvan a esos objetivos..."

El tratado de Nootka Sound precluye toda reivindicación o potencial derecho de Gran Bretaña a reclamar las Islas sobre la base de un descubrimiento no probado históricamente, ni jurídicamente relevante, y una posterior ocupación, que no fue la primera ni tampoco la que prosperó en el tiempo.


Informe de Samuel Johnson

2ª Parte

El acuerdo público alcanzado por ambos países en 1771 fue duramente atacado por la oposición parlamentaria al gobierno británico, especialmente aquel inciso que establecía que la devolución de Port Egmont no afectaba los derechos españoles subyacentes.

Para defenderse, el gobierno encargó al eminente filósofo, ensayista y literato Samuel Johnson la redacción de un informe que explicara la postura gubernamental. Este documento —de carácter oficial y refrendado por el gobierno inglés— es notable por muchos motivos:
  • Establece que el honor de Su Majestad había sido debidamente restaurado.
  • Describe a las islas como provistas de un valor económico miserable:

Una estación para comerciantes contrabandistas, para protección del fraude, y un receptáculo del robo. Islas que como colonia nunca llegarán a ser independientes, porque nunca serán capaces de automantenerse. La corona inglesa ha ganado una triste y melancólica soledad, una isla postergada para uso humano, tormentosa en invierno, y árida en verano; una isla que por no habitarla, ni los salvajes del sur han dignificado.

Relativiza las pretensiones británicas de que Davis y Hawkins fueran descubridores del archipiélago.

  • Confiesa que, en base a las pruebas existentes, el reclamo inglés de descubrimiento y primer asentamiento "pertenece más a la confianza que a la certeza".
  • Reconoce el derecho exclusivo de navegación que le cabe a España en los mares australes:

Es bien sabido que las prohibiciones al comercio extranjero son, en esos países (Mar del Sur), como mínimo rigurosas, y que ningún hombre no autorizado por el Rey de España puede comerciar excepto por el uso de la fuerza o hurtadillas. Cualquier ganancia para ser obtenida debe serlo por la violencia de la rapiña, o el fraude.


Las Malvinas en posesión de España

2ª Parte

Al asumir Felipe Ruiz Puente como primer gobernador español de las Malvinas, procedió a construir varios edificios comunes como cocinas y cuarteles, y una capilla consagrada a Nuestra Señora de la Soledad, nombre que reemplazó al topónimo francés del puerto y derivó finalmente en el de toda la isla.

En este Puerto de Nuestra Señora de La Soledad se radicó la sede de gobierno de la Gobernación de las Islas Malvinas (posteriormente Comandancia).

Luego de la evacuación definitiva de Port Egmont, no hubo ningún otro intento de fundación inglesa, y la cuestión de la soberanía española no fue discutida nuevamente. A partir de ese momento, desde Puerto Soledad, España ejerció la administración absoluta e ininterrumpida del archipiélago —como dependencia del Virreinato del Río de la Plata— hasta febrero de 1811. Los sucesivos gobernadores de las islas (hubo 18 en total) cumplieron la tarea de inspeccionar regularmente las costas, en especial Puerto Egmont, para verificar que los británicos no se hubieran reinstalado; el lugar era habitualmente visitado por loberos y balleneros ingleses y norteamericanos. En 1780, en tiempos del apoyo español a los independentistas estadounidenses, el virrey Vértiz ordenó a uno de sus buques arrasar los restos del ex-asentamiento inglés. La población de las islas estaba compuesta por oficiales, soldados y presidiarios, éstos últimos pertenecientes a la cárcel instalada en 1780.

En 1776 se crea el virreinato del Río de la Plata, que incluye las islas en la Gobernación de Buenos Aires.


Gobierno y administración hispanos


En el período en que las Malvinas integraron la soberanía de España, su Gobierno y Administración se realizó a través de dos instituciones políticas fundamentales: la Gobernación y la Comandancia. Ambas instituciones, en ese orden, se suceden históricamente. Ellas representan un modelo de organización burocrática, cuya jefatura ejerce unipersonalmente el Gobernador o el Comandante, primero bajo la dependencia directa del Rey, y luego del Virrey, a partir de 1776 en que se crea el Virreinato del Río de la Plata.


a. Gobernador


El Gobernador en Indias tenía suprema jurisdicción como delegado de la potestad real, a efectos de asegurar la efectiva intervención de la Corona en todos los asuntos políticos, económicos, militares, religiosos y sociales. Sus funciones eran, entre otras, la de "dictar ordenanzas generales", "proveer cédulas", "ejercer órdenes del Rey", "mantener la paz", "ejercer la policía" y "defender el territorio". En el caso de las Malvinas si bien se trata de un gobernador "menor", "de distrito", "subordinado" (para diferenciarlo, por ejemplo, del "Gobernador General", "Virrey Gobernador", etc.), sus funciones eran amplias y generales en todos los asuntos del territorio confiado a su administración.

En ese aspecto, por ser una administración local se parecía más a los "corregidores" y a los "alcaldes mayores" que a los "gobernadores" propiamente dichos.



b. Comandante


El Comandante tiene menor entidad institucional e inferior jerarquía que el Gobernador. Sus competencias son específicas, más concretas y están sujetas a instrucciones especiales. Por lo común, la comandancia actúa como "destacamento militar". El Comandante, como jefe de dicha unidad militar, tiene a su cargo la policía del orden y de la seguridad y a defensa del territorio.

El Capitán de Fragata Francisco Gil y Lemos (1773-1777) fue el último Gobernador Español en las Malvinas. Durante su administración se reduce la jerarquía institucional "del Establecimiento" de Gobernación a "Comandancia" (5/1/1774). Dos son los motivos que justifican ese cambio institucional. Primero, los peligros y amenazas de invasión extranjera (francesa y británica principalmente) que determinan que el Rey centralice aún más el poder en esos territorios y mantenga una "administración especial" de estricto corte militar (más para defensa de la soberanía que para la prestación de servicios y otros menesteres comentarios) sujeta a directivas, recomendaciones, órdenes e instrucciones concretas. En segundo término, la descentralización política operada con la creación del Virreinato del Río de La Plata (1776) no justifica que el administrador insular tenga rango de Gobernador, pues con la intermediación virreinal el nivel institucional "gobernación resulta excesivo para esos territorios.

El 1º de febrero de 1777 por licencia de Gil y Lemos asume el Comandante Ramón de Carassa. Este se aboca, primordialmente, a reedificar los dos almacenes y los cuatro cuarteles existentes y a vigilar Puerto Egmont por los recelos de que los ingleses intentaren una invasión. la "Colonia", el "Establecimiento" ('o que hoy llamaríamos centro urbano) estaba descubierto y sus baterías eran endebles.

Luego de la comandancia de Carassa en 1777 fue "comandante", generalmente, la autoridad naval superior de la expedición. Así, pues, oficiales con el cargo de "Capitán de Fragata", "Teniente de Navío" o "Comandante de Corbeta" asumen la comandancia militar por un año, produciéndose los relevos entre los meses de febrero o marzo.

Las dificultades propias de la región, las limitaciones técnicas de la navegación, los obstáculos climáticos, los tiempos históricos que se vivían en Europa, los apetitos imperialistas primordialmente de franceses, británicos y norteamericanos, las imposibilidades materiales de construir ciudades (habría en 1792 unos 183 habitantes), la ruina en que se encontraba el Establecimiento, la necesidad de ocuparse de la defensa del territorio apetecido por su valía estratégica y económica, los viajes de inspección por el litoral del archipiélago, el control de la navegación, pesca y caza clandestinas, las precauciones para poner a la Colonia en estado de defensa, provocaron que la Administración hispana en las Malvinas fuera sólo un destacamento militar que luchaba contra la naturaleza y otras potencias extranjeras por la sobrevivencia de su soberanía.


Gobernadores Españoles de Malvinas


• 1767 - 1773 - Felipe Ruíz Puente
• 1773 - 1774 - Domingo Chauri
• 1774 - 1777 - Francisco Gil de Taboada y Lemos
• 1777 - 1779 - Ramón de Carassa
• 1779 - 1781 - Salvador de Medina
• 1781 - 1783 - Jacinto de Altolaguirre
• 1783 - 1784 - Fulgencio Montemayor
• 1784 - 1786 - Agustín Figueroa
• 1786 - 1787 - Pedro de Mesa y Castro
• 1787 - 1788 - Ramón Clairac
• 1788 - 1789 - Pedro de Mesa y Castro
• 1789 - 1790 - Ramón Clairac
• 1790 - 1790 - Juan José de Elizalde
• 1791 - 1792 - Pedro Pablo Sanguineto
• 1792 - 1793 - Juan José de Elizalde
• 1793 - 1794 - Pedro Pablo Sanguineto
• 1794 - 1795 - José de Aldana y Ortega
• 1795 - 1796 - Pedro Pablo Sanguineto
• 1796 - 1797 - José de Aldana y Ortega
• 1797 - 1798 - Luis de Medina y Torres
• 1798 - 1799 - Francisco Xavier de Viana
• 1799 - 1800 - Luis de Medina y Torres
• 1800 - 1801 - Francisco Xavier de Viana
• 1801 - 1802 - Ramón Fernández de Villegas
• 1802 - 1803 - Bernardo Bonavía
• 1803 - 1804 - Antonio Leal de Ibarra
• 1804 - 1805 - Bernardo Bonavía
• 1805 - 1806 - Antonio Leal de Ibarra
• 1806 - 1809 - Bernardo Bonavía
• 1809 - 1810 - Gerardo Bordas
• 1810 - febrero 1811 - Pablo Guillén


 

Convención de San Lorenzo o de Nootka Sound

2ª Parte

El 25 de octubre de 1790 ambas potencias firmaron la Convención de San Lorenzo (también llamada de Nootka Sound), que puso fin a un inminente conflicto colonialista y que tendría importantes efectos positivos sobre los títulos legales españoles en las Malvinas. Las partes se comprometieron a no establecer nuevas colonias en los océanos Pacífico Sur y Atlántico Sur y a que aquellos territorios ya ocupados permanecerían en status quo. Los británicos, finalmente, reconocían formalmente la soberanía española sobre las Islas Malvinas, tierras en las que España se hallaba oficialmente establecida desde 1767. Adicionalmente, Inglaterra renunciaba a establecer nuevas colonias en la región. Este tratado quedó ratificado nuevamente por el artículo 1º del Tratado de Amistad y Alianza entre Gran Bretaña y España del 5 de julio de 1814, rubricado en Madrid el 18 de agosto de 1814.

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